LAUDIO

Prentsa Aretoa

2013/12/12

Olabarria: “La reforma del Código Penal no es constitucional, no es humanista, ni democrática”

El diputado de EAJ-PNV asegura además que “el PP no defendió la prisión perpetua revisable en la reforma del año 2010”

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Emilio Olabarria, Diputado del Grupo Parlamentario Vasco EAJ-PNV ha asegurado que la Reforma del Código Penal “no es constitucional, no es humanista, ni democrática y desde luego el PP no defendió en el año 2010 la prisión perpetua revisable”.

En defensa de la enmienda de totalidad presentada por el Grupo Vasco, Olabarria ha afirmado que la modificación de la Ley Orgánica del Código Penal que propone el Gobierno español “tiene una apariencia de impostura preocupante y peligrosa por las consecuencias que puede provocar”.

En este mismo sentido, Olabrria ha acusado al PP de provocar un “espantajo paranoide de que vivimos en una sociedad insegura” para proveernos de una normativa punitiva que, en palabras de Olabarria “desborda ampliamente el sistema de derechos fundamentales y libertades públicas que consagra la Constitución Española” y ha añadido que “forma parte de una estrategia política para obtener rendimientos electorales”.

Emilio Olabarria ha pedido al Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, que “reconozca la tradición de la razón iluminada de la Ilustración” y se ha referido al Marqués de Beccaria y al “Tratado de los delitos y las penas” escrito por este en el siglo XVIII, que defendía “penas proporcionadas y suaves” y añadía que “la eficacia no guarda relación con la atrocidad,”.

Por ello, y con respecto a la prisión permanente revisable que contempla este Proyecto de Ley, Emilio Olabarria ha denunciado que “se está configurando, en términos jurídico-penales la cadena perpetua”, prohibida por el artículo 25 de la Constitución Española y por todos los tratados internacionales suscritos por el Estado español y ha señalado que el Partido Popular “no la defendió en la Reforma del año 2010, sino que la considero como pena indeterminada contraria al artículo 9.3 de la Constitución”.

Emilio Olabarria Bloga